¿Se puede ir en moto por pistas en Cataluña? Lo que dice la ley

Última revisión: 30 de octubre de 2026

Sí, con condiciones: fuera de los espacios de especial protección, por pistas asfaltadas o de 4 metros de ancho o más y por los caminos autorizados del inventario comarcal, a 30 km/h como máximo en tierra. En los parques y reservas, solo por las pistas que diga su plan. Nunca campo a través, por cortafuegos, vías de saca, caminos ganaderos ni cauces. Lo fija la Llei 9/1995 de acceso motorizado al medio natural.

Sí se puede

  • Por pistas asfaltadas o de 4 metros de ancho o más en terreno forestal y en los espacios del PEIN que no son de especial protección (art. 6.2).
  • Por los caminos autorizados que estén en el inventario comarcal, aunque midan menos de 4 metros (art. 6.2).
  • En los espacios de especial protección (parques y reservas), por las pistas y caminos que fije su plan (art. 6.1).
  • A 30 km/h como máximo por caminos y pistas de tierra (art. 13).

No se puede

  • Campo a través, ni salirse del camino (art. 7).
  • Por cortafuegos, vías de saca de madera ni caminos ganaderos (art. 7).
  • Por el lecho o la lámina de agua de los ríos (art. 7), salvo un vado o un paso tradicional (Decret 166/1998, art. 6.1).
  • Más de 7 motos juntas en un espacio de especial protección, ni más de 15 vehículos juntos en el resto (art. 16).
  • Una salida organizada sin comunicarla con un mes de antelación (art. 17), ni de noche salvo por pistas entre pueblos (art. 18).
  • Por un camino cerrado temporalmente por riesgo de incendio, aludes o inundaciones (Decret 166/1998, art. 6.3).

PEIN y ENPE: dos niveles de protección

La ley distingue dos tipos de terreno. El PEIN (Plan de espacios de interés natural) es la red de espacios protegidos de Cataluña. Dentro de él, los ENPE (espacios naturales de protección especial) son los más protegidos: parques nacionales, parajes naturales de interés nacional, reservas naturales y parques naturales (Ley 12/1985, art. 21).

En un ENPE solo se circula por las pistas y caminos que delimite su plan (art. 6.1). En el resto del PEIN y en cualquier terreno forestal vale la regla general de abajo.

Por qué pistas se puede ir

Fuera de los ENPE se puede circular por (art. 6.2):

  • Pistas pavimentadas (asfalto u hormigón).
  • Pistas de tierra de 4 metros de ancho o más.
  • Caminos autorizados que estén en el inventario comarcal, aunque sean más estrechos.

El inventario comarcal de caminos

Los consejos comarcales, con los municipios, hacen el inventario de caminos y pistas de su comarca: de quién es cada uno, qué servidumbres tiene y si se puede usar con vehículo (art. 11). Un camino de tierra solo entra en la red abierta si la administración se compromete a mantenerlo. Cuando un camino tiene limitaciones, se señaliza al principio, al final y en los accesos intermedios.

No es un semáforo ni un mapa con colores: es un inventario oficial que aprueba la Generalitat y publica el DOGC (Decret 166/1998, art. 11). Corally no lo comprueba: una pista de menos de 4 metros que no esté en el inventario no está abierta para ti, aunque el mapa la pinte.

A qué velocidad y cómo

Por caminos y pistas de tierra, 30 km/h como máximo (art. 13). Y la moto, matriculada: la ley pide la identificación del vehículo (art. 5) y el Decret 166/1998 añade llevar el permiso de conducir y el de circulación e identificarse ante los agentes rurales si te lo piden (art. 4).

Grupos y salidas organizadas

En un ENPE, como mucho 7 motos en un grupo no organizado; en el resto del PEIN y en terreno forestal, prohibidas las concentraciones de más de 15 vehículos (art. 16).

Una salida organizada necesita una comunicación previa con un mes de antelación, y cada vehículo lleva una copia (art. 17). No puede ir de noche, salvo por las pistas que unen pueblos (art. 18).

Incendios y cierres temporales

La administración puede cerrar caminos de forma temporal por riesgo de incendio, aludes o inundaciones (Decret 166/1998, art. 6.3). Circular por uno cerrado en una zona y época de alto riesgo es infracción grave (Llei 9/1995, art. 27).

Antes de una salida en verano, mira el nivel de riesgo del día (Pla Alfa) de la Generalitat y las señales a la entrada del monte.

Qué pasa si te multan

Las infracciones leves (velocidad, tamaño del grupo) van de 60,10 a 300,51 €; las graves (vial no apto, campo a través, camino cerrado por incendio), de 300,52 a 3.005,06 €; y las muy graves, hasta 30.050,61 € (arts. 27 y 30).

Cómo lo aplica Corally

  • Las sendas (en Corally, «senderos») están fuera del filtro de vías por defecto: el planificador no las usa y el analizador te marca los tramos de un GPX que van por ellas.
  • Si OpenStreetMap indica que un camino está prohibido a motos o a vehículos a motor, el planificador lo evita y el analizador lo señala como «Prohibido a motos».
  • Lo que Corally no sabe: el ancho real de cada pista, si un camino estrecho está en el inventario comarcal, qué pistas abre el plan de cada parque, cadenas y señales nuevas y cierres por incendio. Los datos son públicos y colaborativos (OpenStreetMap) y pueden diferir del terreno: la señalización manda.
  • Para el grupo: los límites de 7 y 15 son de la ley; Corally no los controla.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo ir en moto por una pista de tierra en Cataluña?
Sí, si mide 4 metros o más, o si es un camino autorizado del inventario comarcal, y no estás en un espacio de especial protección; a 30 km/h como máximo (arts. 6.2 y 13). En un parque o una reserva, solo por las pistas que diga su plan (art. 6.1).
¿Y si la pista es más estrecha de 4 metros?
Solo si es un camino autorizado que está en el inventario comarcal (art. 6.2). Si no lo está, no puedes circular por ella aunque esté abierta.
¿Qué es un ENPE?
Un espacio natural de protección especial: un parque nacional, un paraje natural de interés nacional, una reserva natural o un parque natural (Ley 12/1985, art. 21). Allí solo valen las pistas que fije su plan.
Somos 10 motos. ¿Podemos salir juntos?
Fuera de los espacios de especial protección, sí: la ley prohíbe concentraciones de más de 15 vehículos (art. 16). Dentro de un ENPE, como mucho 7 motos. Si es una salida organizada, hay que comunicarla con un mes de antelación (art. 17).
¿Puedo cruzar un río?
Por el lecho o la lámina de agua de los ríos, no (art. 7), salvo un vado o un paso tradicional (Decret 166/1998, art. 6.1).
¿Puedo ir con una moto de enduro?
La ley catalana no prohíbe un tipo de moto: regula por dónde y cómo se circula. Con una moto matriculada, por las vías del artículo 6 y a 30 km/h, sí.
¿Pueden cerrar un camino en verano?
Sí: la administración puede cerrarlo temporalmente por riesgo de incendio (Decret 166/1998, art. 6.3), y circular por un camino cerrado es infracción grave (art. 27).
¿Qué multa hay?
De 60,10 a 300,51 € las leves, de 300,52 a 3.005,06 € las graves y hasta 30.050,61 € las muy graves (art. 30).

Fuentes (con el artículo)

Guía práctica escrita por Corally a partir de las normas que se citan al final. No es asesoramiento jurídico: las normas cambian, cada espacio protegido tiene su plan y la señalización sobre el terreno manda siempre.